Deslinde y demarcación de los términos municipales de Villatuelda y Terradillos de Esgueva - 1
Segregación de Terradillos de Esgueva del Ayuntamiento de Villatuelda
23 de enero de 1928
Acta de deslinde y demarcación de los términos municipales de Villatuelda y Terradillos sin avenencia entre las Comisiones.
"En el campo y término que llamamos los "Blancares" que parte y divide los términos o jurisdicciones entre la villa de Olmedillo de Roa, Monte de Villalobón y el término municipal de Villatuelda, que comprende las jurisdicciones de Villatuelda y Terradillos de Esgueva, a veintitrés días de Enero de mil novecientos veintiocho, se reunieron las Comisiones de Villatuelda y Terradillos para proceder al deslinde y división del campo que corresponda a cada uno de los mismos por virtud del Real Decreto del trece del último Diciembre (Gaceta del 14) por el cual se accede a la segregación de Terradillos del Ayuntamiento de Villatuelda para constituirse en municipio independiente y conforme al Reglamento sobre Población y términos municipales de 2 de julio de 1924, constituyendo la Comisión de este Ayuntamiento de Villatuelda D. Dámaso Reyes Nogales, Alcalde Presidente, Concejales D. Vicente Cavia Martínez y D. Santiago Izquierdo Gallego, D. Ponciano Tamayo González ex-concejal, hoy Juez Municipal; y vecinos en concepto de azadoneros D. Marcelino Ortega Valpuesta, D. Felipe Adeliño Monge, D. Pablo González González, D. Gabriel Muñoz González y D. Pedro Izquierdo González, con asistencia del Secretario del Ayuntamiento D. Leonardo Tamayo Val, habiendo asistido además de la Comisión de Terradillos el Sr. Comandante de la Guardia Civil del puesto de esta demarcación acompañado de otro número y se procedió al deslinde o división en la forma siguiente = Primeramente se reconoció el Mojón que comprende los términos de de Olmedillo de Roa = Monte de Villalobón = Villatuelda y Terradillos de Esgueva, renovándole solamente por la parte que mira a Villatuelda y Terradillos, no tocándole por la parte que mira y afecta a Villalobón ni Olmedillo, por no haber de ellos representante; y desde éste se colocó el segundo mojón a ciento noventa y ocho metros del anterior a la derecha del camino que parte desde los Blancares a Villatuelda, diez metros antes de la viña de Cayo González en terreno baldío."
(Continúa el acta indicando cada uno de los mojones que se van colocando, hasta el mojón diecinueve).
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