| | | | |   | | | | | | |  Y santificad mis sábados, y sean por señal entre mí y vosotros, para que sepáis que yo soy Jehová vuestro Dios. (Eze. 20: 20, Vi también a otro ángel que subía de donde sale el sol, y tenía el sello del Dios vivo; y clamó a gran voz a los cuatro ángeles, a quienes se les había dado el poder de hacer daño a la tierra y al mar, diciendo: No hagáis daño a la tierra, ni al mar, ni a los árboles, hasta que hayamos sellado en sus frentes a los siervos de nuestro Dios. (Apoc. 7: 2-3.) El sello de la ley de Dios se halla en el cuarto mandamiento. Es el único de los diez que presenta el nombre y el título del Legislador. Lo declara Creador de los cielos y la tierra y de ese modo demuestra su derecho a la reverencia y la adoración. Fuera de este mandamiento no hay nada en el Decálogo que revele por autoridad de quién se da la ley.  
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